Preguntas Frecuentes
Información basada en fuentes públicas oficiales de Colombia como la Superintendencia Financiera, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Ministerio de Transporte.
1. ¿Qué seguros intervienen en un accidente de tránsito?
Según la regulación colombiana, pueden intervenir:
- SOAT (Seguro Obligatorio): cubre atención médica inmediata para todas las víctimas.
- Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE): indemniza a terceros por lesiones, muerte o daños materiales.
- Seguros voluntarios adicionales: vida, salud, accidentes personales o pólizas colectivas.
2. ¿Qué cubre el SOAT exactamente?
El SOAT cubre, hasta ciertos topes establecidos por ley:
- Gastos médicos quirúrgicos y hospitalarios.
- Transporte y movilización de la víctima.
- Gastos funerarios.
- Indemnizaciones por incapacidad o muerte.
No cubre daños materiales ni pérdidas económicas amplias.
3. ¿Qué cubre la póliza de Responsabilidad Civil?
La RCE cubre los daños que el asegurado cause a terceros, incluyendo:
- Lesiones personales.
- Muerte.
- Daños materiales.
- Perjuicios económicos (como lucro cesante) según la póliza.
4. ¿Cuánto dinero puedo recibir de indemnización?
El valor de la indemnización depende de cada caso. Factores como la pérdida de capacidad laboral (PCL), el tipo de lesión, tus ingresos y si el reclamo va por SOAT o por Responsabilidad Civil influyen en el monto.
Lo importante es que no existen tarifas fijas: cada aseguradora debe evaluar tu situación particular y calcular lo que corresponde según la ley y la póliza.
En NRM Abogados revisamos tu caso sin costo para ayudarte a entender qué puedes reclamar y cuánto podrías recibir.
5. ¿Qué documentos necesito para iniciar una reclamación?
Debes reunir pruebas básicas del accidente y documentos personales. Entre los más importantes están:
- Prueba de la ocurrencia del accidente: informe de tránsito, reporte del accidente, fotografías, videos, croquis o cualquier evidencia que muestre cómo ocurrió.
- Historia clínica o registros médicos de la atención recibida.
- Documentos de la póliza (si cuentas con seguro o si estás reclamando a la aseguradora del otro vehículo).
- Documento de identidad de la víctima.
- Soportes de gastos relacionados con el accidente: transportes, medicamentos, terapias, etc.
- Certificaciones laborales o ingresos, si se busca reclamar perjuicios por pérdida de capacidad laboral o lucro cesante.
6. ¿Qué pasa si la aseguradora niega la reclamación?
La aseguradora debe justificar la negativa con base en la ley y las condiciones de la póliza. Si la negativa es injustificada, existen recursos ante la aseguradora y mecanismos legales para exigir el cumplimiento del contrato.
7. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar (prescripción)?
Los plazos dependen del tipo de reclamación:
-
SOAT:
Con calificación de pérdida laboral: 2 años.
Sin calificación: 18 meses desde el accidente. - Reclamaciones contra el responsable (responsabilidad civil extracontractual): 5 años.
- Reclamaciones a tu propia aseguradora (responsabilidad civil contractual): 2 años.
Cada caso tiene plazos diferentes, por eso es clave revisarlo a tiempo para no perder tus derechos.
8. ¿Puedo reclamar si el otro vehículo no tiene seguro?
Sí. Existen opciones como:
- Coberturas propias (si tienes seguro voluntario).
- Acciones legales de responsabilidad civil directa.
- Coberturas del SOAT para lesiones.
9. ¿Debo pagar honorarios por adelantado?
No, en NRM Abogados ofrecemos asesoría gratuita y sin compromisos.
Nuestra gestión se realiza bajo cuota litis, lo cual implica que nuestros honorarios solo se causan si tu caso tiene éxito. Si no recibes indemnización, no pagas honorarios. Nuestro compromiso es contigo.
10. ¿Qué pasa si ya firmé un acuerdo con la aseguradora?
Depende del caso. En algunos escenarios el acuerdo es definitivo; en otros pueden existir errores formales o presiones indebidas que permiten revisar el documento.